El DNI con chip no es nuevo: qué cambió realmente en 2026 y qué sigue sin respuesta
Desde febrero circulan noticias de que la Argentina estrenó un DNI con chip. En ellas se habla de un documento nuevo, más seguro, con tecnología sin contacto.
Pero si dejamos un poco de lado los vistosos titulares, la realidad con la que nos encontramos es un poco distinta.
Lo que realmente aprobó la Disposición 55/2026
La disposición del RENAPER, firmada el 29 de enero y vigente desde el 1° de febrero, tiene cinco artículos. Estos son los que importan:
Artículo 1: aprueba las características del DNI electrónico, sustituyendo las que ya habían sido aprobadas por la Disposición 1255/2023.
Artículo 2: aprueba las medidas de seguridad de Nivel 1, es decir, las visibles a simple vista, sustituyendo las de 2023.
Artículo 3: mantiene la plena vigencia de las medidas de seguridad de Nivel 2 y Nivel 3, sin modificaciones.
Los niveles 2 y 3 son los que involucran la verificación con herramientas y equipamiento forense. Es decir: la parte técnica y criptográfica del documento no cambió en 2026.
Lo que cambió es el diseño y los elementos visuales: una escarapela alrededor del retrato, el Sol de Mayo, imágenes de glaciares y de la cordillera, y ajustes en los datos del anverso y el reverso.
Entonces, ¿desde cuándo hay chip?
La propia norma lo aclara en sus considerandos.
El Decreto 1501/2009 autorizó al RENAPER a usar tecnologías digitales en la identificación y en la emisión del documento. La Disposición 1255/2023 aprobó el texto ordenado del DNI electrónico, que ya entonces consistía en «una tarjeta de policarbonato que contiene un chip de lectura sin contacto».
Y eso es muy importante resaltarlo, porque entonces: el policarbonato y el chip estaban aprobados desde noviembre de 2023. La norma de 2026 los da por existentes y actualiza otra cosa.
Esto no significa que no haya novedades. La app oficial del RENAPER es de este año y ya está disponible para Android y iOS. Y el despliegue efectivo del documento puede haber empezado ahora aunque la aprobación sea anterior. Pero hay una diferencia entre «llega el DNI con chip» y «se actualizó el diseño, le agregamos una escarapela y fotos de glaciares», y no encontramos medios que la señalaran.

Ah, ¿pero entonces no mejoró nada?
Sí mejoró, y conviene precisar en qué.
El policarbonato es una mejora real: el documento aumenta su nivel de seguridad porque la información y la foto quedan fundidas dentro del material, no impresas encima. Eso hace mucho más difícil alterarlo.
Además, el chip guarda claves digitales que permiten verificar que la tarjeta fue emitida por el Estado y no es una imitación.
¿Y quién se beneficia de esto? Principalmente quien te verifica. Migraciones, el banco, el comercio que necesita confirmar que tu documento es auténtico.
A vos te beneficia de manera indirecta: cuanto más difícil sea falsificar un DNI, más difícil es que alguien saque un crédito a tu nombre con uno trucho.
Pero conviene ser claro sobre el alcance: el chip no te protege del fraude que estás sufriendo hoy. Contra el phishing por WhatsApp, contra las apps de acceso remoto que el Banco Central viene alertando, contra los deepfakes de inversión, no hace absolutamente nada. Son problemas de otra naturaleza.
El chip es NFC, mi celular tiene NFC, ¿qué pasa si intento leer el chip?
Nada. El chip no va a entregar tus datos.
Los documentos electrónicos de viaje bajo la norma OACI 9303 no responden a cualquier lector. Antes de leer el contenido hay que autenticarse con una clave que se deriva de datos impresos en el propio documento.
Es decir, para leer el chip hay que tener la tarjeta en la mano y leerla ópticamente primero. Un atacante no puede tener un lector escondido e ir leyendo documentos ajenos al pasar.
Estas protecciones están muy bien, pero no evitan que tengamos algunas preguntas.
Las tres cosas que no están publicadas
1. Qué mecanismo de control de acceso usa.
La norma OACI admite distintos esquemas. Uno es más antiguo y deriva su clave de datos con poca variabilidad —número de documento, fechas—, lo que en la literatura técnica se señala como una debilidad conocida. Otro, más moderno, es considerablemente más robusto.
Cuál implementó Argentina no figura en la comunicación oficial ni en la parte publicada de la norma. No es un detalle menor: define cuán difícil es leer un chip sin autorización.
2. Qué datos guarda exactamente.
La comunicación oficial dice «datos biográficos y biométricos». El estándar permite almacenar desde la imagen facial hasta huellas dactilares e imágenes de iris.
En la práctica no es lo mismo. Una foto es un dato biométrico que ya está impreso en el documento y a la vista. Las huellas son otra categoría, y su almacenamiento en el chip tiene implicancias distintas.
3. Quién puede leerlo.
Esta es la más importante, y surge de la propia comunicación oficial. El RENAPER dice que la app permitirá «utilizar tu documento para identificarte digitalmente ante organismos públicos y privados«.
Que Migraciones pueda leer el chip es esperable. ¿Pero y un banco? ¿Una fintech para su proceso de verificación? ¿Un comercio? Si el sector privado va a tener acceso, la pregunta de bajo qué condiciones, con qué autorización y con qué registro de consultas deja de ser técnica.
Lo que se viene
El RENAPER anunció que en versiones futuras el DNI podrá almacenar un certificado de firma digital para firmar documentos con plena validez legal desde el teléfono. Hoy eso no está disponible: la comunicación oficial dice expresamente que es «para futura integración».
Cuando llegue, el DNI dejará de ser una credencial de identificación para convertirse en un instrumento con efectos jurídicos directos. Es una transformación de fondo, y merece discutirse antes y no después.
Qué conviene hacer
No hace falta que corras a renovarlo. La actualización es voluntaria y los documentos vigentes mantienen validez hasta su fecha de vencimiento. Si te toca renovar por edad o por vencimiento, vas a recibir el nuevo formato automáticamente.
No esperes que te proteja de las estafas. Para eso siguen valiendo las mismas reglas: ningún código se comparte, la llamada la iniciás vos, ningún organismo te va a pedir instalar aplicaciones.
Pedimos las respuestas
Presentamos un pedido de acceso a la información pública ante el RENAPER, al amparo de la Ley 27.275, solicitando precisiones sobre los tres puntos anteriores.
El organismo tiene quince días hábiles para responder, prorrogables por otros quince. Vamos a publicar una segunda parte con la respuesta que recibamos. Y si no recibimos ninguna, también lo vamos a contar.
Fuentes: Disposición 55/2026 del RENAPER, publicada en el Boletín Oficial el 30 de enero de 2026; Disposición 1255/2023; Decreto 1501/2009; página oficial del Nuevo DNI electrónico del RENAPER; norma OACI Doc 9303.
Nota: el editor de Human Brief se desempeña profesionalmente en el sector de tecnología y blockchain. Esta nota no involucra a empresas vinculadas a esa actividad.
